Normativa Contaminación Acústica

 

Uno de los motivos más normales por los cuales en espacios cerrados como oficinas, salas de conferencias en hoteles, salas de música y demás salas donde se requiere de cierta homogeneidad en cuanto a la acústica se refiere.

Influyen múltiples factores que contribuyen o generan de alguna u otra manera algún grado de contaminación acústica que soportan los ciudadanos en estos tipos edificios que utilizan determinados recursos para poder disfrutar tanto de una vivienda digna y adecuada.

Como del derecho a un ambiente adecuado ya sea a la hora de trabajar sin que el sonido generado desde el interior o el que proviene de fuera pueda perturbar el nivel de escucha o se generen ruidos que además son fuente de molestias y enfermedades, por lo que según las normativas Real Decreto 1371/2007.

Con estas normativas las Administraciones Públicas deben establecer los mecanismos adecuados para facilitar el uso de los edificios y que éste se produzca libre de contaminación acústica, a tal efecto Decoratel España no es ajeno a estas normas y leyes, creando nuevos productos homologados como son las cortinas acústicas en algodón de alto gramaje e ignífugos M1.

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En cuanto a los valores límites de tiempo de reverberación sobre los elementos constructivos, acabados superficiales y revestimientos que delimitan un aula o una sala de conferencias, un comedor y un restaurante, tendrán la absorción acústica necesaria de tal manera que: a) El tiempo de reverberación en aulas y salas de conferencias vacías (sin ocupación y sin mobiliario), cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0,7 s. b) El tiempo de reverberación en aulas y en salas de conferencias vacías, pero incluyendo el total de las butacas, cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será superior que 0,5 s. c) El tiempo de reverberación en restaurantes y comedores vacíos no será mayor que 0,9 s. 2 Para limitar el ruido reverberante en las zonas comunes los elementos constructivos, los acabados superficiales y los revestimientos que delimitan una zona común de un edificio de uso residencial o docente colindante con recintos habitables con los que comparten puertas, tendrán la absorción acústica suficiente de tal manera que el área de absorción acústica equivalente, A, sea al menos 0,2 m2 por cada metro cúbico del volumen del recinto.

Todas estas normas desarrolladas en este real decreto vienen a regular en cualquier sector de la industria, en empresas y comercios la adecuación de los elementos constructivos cuyo aporte de absorción acústica de cómo resultado una eficiencia para atenuar el exceso de sonido, el eco o evitar reflexiones inadecuadas, así Decoratel España en su continua expansión desarrolla junto a sus fabricantes de tejidos ignífugos acústicos, como las cortinas acústicas modelos Tapicoustic, y tejidos para el tapizado de paredes.

Para el adecuado diseño y dimensionado de los elementos constructivos de un edificio que proporcionan el aislamiento acústico, tanto a ruido aéreo como a ruido de impactos, debe realizarse el diseño y dimensionado de sus recintos teniendo en cuenta las diferencias en forma, tamaño y de elementos constructivos entre parejas de recintos, y teniendo en cuenta cada uno de ellos como recinto emisor y como recinto receptor.

Se aconseja siempre tener en cuenta los huecos de luces, como ventanas y puertas, pues son fuente de transmitancia del sonido, para ello nuestros tejidos confeccionados para cortinas acústicas dan excelente resultados. Se debe proceder separadamente al cálculo del aislamiento acústico a ruido aéreo tanto de elementos de separación verticales (divisiones y medianerías) y elementos de separación horizontales, como de fachadas y de cubiertas, y al cálculo del aislamiento acústico a ruido de impactos de los elementos que puedan presentar una falta de aislamiento.